Con la realización del Congreso Constituyente de Querétaro a finales de 1916, los participantes se dividieron en dos facciones importantes al formular las nuevas leyes. Los carrancistas buscaron realizar los menores cambios posibles respecto a la Constitución de 1857, mientras que los radicales, respaldados por Álvaro Obregón, querían oficializar las promesas hechas a las clases populares durante los momentos álgidos de la lucha.
Francisco J. Múgica lideró la facción radical, organizando los discursos sobre la integración de las reformas y, sobre todo, atacando a la facción carrancista. Múgica señaló a muchos miembros, como Félix Palavicini, de mantener una actitud pasiva frente a actos como el golpe perpetrado por Victoriano Huerta a Madero y cuestionaba su legitimidad para permanecer en el Congreso.
Todo esto hizo que muchos de los constituyentes consideraran a Múgica uno de los integrantes más preparados, valorando tanto su participación en la guerra como su papel en los esfuerzos organizativos para establecer el nuevo orden revolucionario. Por ello, Múgica aplicó sus principios ideológicos para resolver la problemática de la sociedad.
Uno de los debates más intensos que se realizaron en el Congreso Constituyente fue sobre el Artículo 3, referente a la educación y en especial sobre la libertad de cátedra. La facción de Múgica pretendía que la educación pública fuese completamente laica y se prohibiese la intromisión de la religión en la formación de los niños. La importancia de esta discusión fue tal que el mismo Carranza asistió a los debates constitucionalistas.
En ese entonces, se consideraba que la religión mantenía una presencia nociva en la infancia al inculcar prejuicios y supersticiones que impedían alcanzar la meta del progreso social. Se buscaba encaminar la educación hacia las nuevas tendencias pedagógicas que se estaban desarrollando.
La condena a la educación religiosa por parte de Múgica desató un intenso debate con la facción carrancista, que defendía la necesidad de establecer la libertad de cátedra. Argumentaban que la propuesta de Múgica iba en contra de los postulados del liberalismo, que promovían la tolerancia. Los jacobinos, por su parte, respondieron que no se estaba atacando la posibilidad de formar a religiosos dentro del país, sino que se pedía desligar a la Iglesia de la participación en la educación pública.
Los constitucionalistas carrancistas, como Palavicini y Luis Manuel Rojas, calificaron la actitud de los jacobinos como similar al adoctrinamiento llevado a cabo por los españoles hacia los indígenas en el siglo XVI. Argumentaban que se debía confiar en la inteligencia de los mexicanos para decidir lo mejor en cuanto a la educación de sus hijos.
Múgica respondió que la postura de Carranza no garantizaba la defensa de la conciencia del niño y del adolescente. Finalmente, se garantizó que la educación proporcionada por el Estado debía ser laica y gratuita, y se evitó que las corporaciones religiosas participaran en la educación básica.
Esta propuesta fue aprobada con una abrumadora mayoría de 99 votos a favor y 58 en contra. Así, el gobierno debía garantizar la formación de las futuras generaciones tanto en el pensamiento crítico como en el conocimiento científico.
El siguiente artículo discutido fue el quinto. En la Constitución de 1857 se garantizaban los derechos de los individuos y que nadie estaba obligado a proporcionar su trabajo sin su debida remuneración, con la excepción establecida por el poder judicial como parte de una pena. En este sentido, se pedía la implementación de reformas que garantizasen su aplicación al sector laboral.
La facción radical propuso la implementación de la jornada laboral de 8 horas, la obligatoriedad de un día de descanso a la semana y la prohibición del trabajo nocturno para mujeres y niños. Argumentaban que de esta manera se estaría retribuyendo justamente al sector obrero, que fue un participante fundamental en la lucha revolucionaria al volverse partidario de los carrancistas.
Hubo un consenso generalizado para integrar estas reformas. Con este acuerdo, se conformó una comisión para la redacción final en el artículo 123. Así, se les dio a los trabajadores un sustento real para defenderse de los abusos de la clase patronal, que en años anteriores tenían todo a su favor para sobreponerse a los intereses elementales de los obreros. Estas reformas llegaron a equipararse en su impacto con los alcances logrados durante la Revolución Francesa.
Para la facción de Múgica, el éxito obtenido con los artículos 3 y 123 hizo que se involucraran más en el estudio de la redacción de la ley. Esta fue una de las primeras oportunidades en que se integraban posturas teóricas del socialismo para mediar frente a los abusos del capitalismo, poniendo como prioridad el establecimiento de una relación de cordialidad entre la clase obrera y la patronal, garantizando el beneficio de ambos lados.
Esta lucha tiene sus antecedentes en el magonismo y se había difundido a través de su periódico «Regeneración», donde se señalaba lo limitado que estaba quedando la Constitución de 1857. Aunque había alcanzado la igualdad de derechos de toda la sociedad, en esos 60 años de su funcionamiento había surgido un nuevo estrato social, el obrero, que no tenía suficientes bases para alcanzar su debida defensa.
Con estos argumentos, el 23 de enero de 1917 se aprobó la inclusión del Artículo 123 laboral con unanimidad absoluta de 168 votos. La aprobación fue celebrada como uno de los grandes logros de la revolución, ya que uno de los sectores que fue pionero en iniciar la lucha revolucionaria contra el régimen porfirista había logrado que se le hiciera justicia al otorgarle derechos.
Gracias por su atención y los espero en la siguiente lectura.
Federico Flores Pérez.
Bibliografía: Anna Ribera Carbó. Francisco J. Múgica. El presidente que no tuvimos.
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Imagen: Anónimo. Carranza en el Constituyente. 01/12/1916. Fuente: https://relatosehistorias.mx/nuestras-historias/cien-anos-de-la-constitucion-de-1917


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